lunes, 5 de septiembre de 2011

Derecho a la intimidad

Es un derecho natural reconocido dentro del espacio privado (cualquier información que se refiera a datos personales, relaciones, salud, correo, comunicaciones electrónicas privadas, etc.) que no puede ser vulnerado salvo que impliquen conflictos a un tercero. 


Este derecho permite que las personas puedan excluir a las demás personas de su vida personal, porque cada individuo también tiene el derecho de controlar cuándo y quién puede acceder a esa información privada. Por ejemplo en uno de los artículos de la Constitución que aparece este derecho es en el articulo 18 donde dice "El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación", esto quiere decir que sin embargo no puedo argumentar mi derecho a la intimidad para maltratar o violar derechos ajenos, cuando esto suceda la ley se ocupara de ello.

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