lunes, 5 de septiembre de 2011

Una grave violación a la intimidad

En un decreto firmado por Macri fueron publicados en el Boletín Oficial los nombres de 171 pacientes del Hospital Borda. Cuestionamientos por hacer públicos los nombres de los pacientes.
El gobierno porteño hizo públicos datos personales de pacientes internados en el Hospital Borda, en abierta violación de los derechos a la intimidad y a ser identificados contemplados expresamente en la legislación de la ciudad. El listado con los nombres, apellidos y DNI de 171 varones que se encuentran bajo la atención del centro neuropsiquiátrico fue publicado el viernes en el Boletín Oficial en un anexo de un decreto. “Esto es grave e inadmisible. Divulgar los datos personales de ese grupo de personas podría dar lugar a la estigmatización y discriminación, que se sumará a la que usualmente sufren las personas con padecimientos mentales. Tan claro es esto que la Ley 448, de Salud Mental, contempla un artículo específico que prohíbe su identificación”, señaló a este diario la diputada porteña Gabriela Alegre, de Diálogo por Buenos Aires, quien presentará hoy un proyecto de declaración para “repudiar” la medida.
“Es una grave violación del derecho a la intimidad del paciente, que está contemplada en la Ley Básica de Salud de la ciudad, que es la más avanzada del país. Si bien la intimidad está protegida en términos generales en la Constitución nacional, esa normativa lo señala claramente”, consideró Gherardi, médico especialista en bioética.
En el Ministerio de Salud, una vocera justificó la publicación de cada uno de los nombres de los posibles beneficiarios del flamante programa. “Es una cuestión legal. Toda persona que percibe dinero por un beneficio, ya sea un contrato de locación, un sueldo o un subsidio, tiene que publicarse. En el listado no está la patología. Por otra parte, ni siquiera han sido asignados los subsidios aún, tal como reveló el director del hospital, Juan Garralda. Hasta ayer, la información estaba también colgada en la versión digital del Boletín Oficial de la ciudad, que además se publica en papel.
“Están afectando derechos personalísimos del paciente. Cualquiera de ellos podría iniciar una demanda”, opinó Gherardi. El juez del Tribunal Oral Nº 20 de la Capital Federal, Luis Niño, evaluó que los altos funcionarios porteños que firmaron el decreto en cuestión podrían estar infringiendo además la figura contemplada en el artículo 157 del Código Penal, que reprime con prisión “de un mes a dos años e inhabilitación especial por uno a cuatro año” al “funcionario público que revelare hechos, actuaciones o documentos que por la ley deben quedar secretos”. “En el caso de una epidemia pueden revelarse los datos personales de una persona afectada, pero no es éste el caso”, observó el juez Niño.

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